Plataformas 30.08.2016 > Latinoamérica

Enciende luz verde a operadores de TV Paga uruguayos para ofrecer internet

La Justicia de Uruguay declara nuevamente inconstitucional el artículo que prohíbe a los prestadores a ofrecer servicios de banda ancha y telefonía.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) uruguaya abre la posibilidad de la incorporación de nuevos servicio o triple play en el país, tras declarar inconstitucional el artículo 56 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual a partir de un recurso de amparo presentado, en este caso, por Nuevo Siglo. La misma SCJ ya había autorizado Montecable también brindar servicios de telefonía y/o de Internet.

“Las personas físicas o jurídicas que presten servicios de comunicación audiovisual regulados por la presente ley no podrán, a su vez, prestar servicios de telecomunicaciones de telefonía o de transmisión de datos”, reza el primer párrafo del artículo 56, de la ley sancionada en 2014. Pero el máximo tribunal uruguayo argumentó que la prohibición es "inconstitucional para la plataforma de prestación de televisión por cable".

Al no poder aplicarse la normativa, los operadores de TV paga abren la posibilidad de ofrecer paquetes triple play al poder brindar telefonía e Internet. Al mismo tiempo, se esperan similares presentaciones de recursos de amparo en los próximos días por parte de otras empresas de TV paga, como las que realizaron Montecable y Nuevo Siglo, dado que las sentencias de inconstitucionalidad se aplican a cada caso concreto y dichas empresas fueron habilitadas para solicitar licencia para comenzar a comercializar servicios empaquetados de TV, banda ancha y telefonía.

© Newsline Report 2016

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