Negocios 01.12.2025 > Newsline Report

Entra en vigor la nueva estructura regulatoria de la CRT

El Diario Oficial de la Federación publicó el Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), ordenamientos que formalizan la nueva arquitectura institucional derivada de la reforma constitucional en simplificación orgánica que extinguió al IFT.

En un cuerpo de 53 artículos contenidos en cinco títulos y nueve transitorios, el reglamento establece cuáles serán las direcciones generales que tendrán en sus manos la implementación de los lineamientos para el registro de líneas de telefonía móvil, el vencimiento de las prórrogas en las concesiones de radiodifusión, de las tarifas de interconexión de redes públicas y la transmisión simultánea en AM y FM por parte de los concesionarios.

Con la entrada en operación de la CRT para telecomunicaciones y radiodifusión, se consolida el nuevo esquema regulatorio que redefinirá supervisión, procedimientos y obligaciones para los agentes del sector.

El órgano regulador quedó integrado el pasado 16 de octubre de con la designación de Norma Solano Rodríguez como comisionada presidenta.

Principales disposiciones del Reglamento Interior de la CRT

El reglamento —en vigor desde el 25 de noviembre— define a la CRT como órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa, y establece:

  • Supervisión del espectro radioeléctrico, recursos orbitales, redes públicas de telecomunicaciones y servicios de radiodifusión.
  • Estructura integrada por el Pleno, Secretaría Técnica, Secretaría Ejecutiva, seis direcciones ejecutivas y 13 direcciones generales.
  • Continuidad de procedimientos iniciados ante el IFT, sin reinicio de plazos.
  • Vigencia transitoria de la normativa del IFT mientras no se oponga al nuevo marco.
  • Un plazo de 180 días para emitir lineamientos y mecanismos operativos definitivos.

Nueva Dirección General de Licitaciones de Espectro

El reglamento crea la unidad que conducirá todas las licitaciones de espectro y recursos orbitales. Tendrá facultades para:

Elaborar bases y convocatorias de licitaciones, coordinar fases y registros de participantes, definir criterios que aseguren competencia efectiva y eviten concentración, emitir disposiciones de descuentos en pago de derechos por obligaciones de cobertura, junto con la ATDT y someter avisos y lineamientos a aprobación del Pleno.

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