Newsline Report
27.11.2013 | Argentina | Cine

No penalizan subir películas a internet en Argentina

La Cámara del Crimen de Argentina sobreseyó a los administradores de YouTube y a los usuarios que publicaron el video en una denuncia penal iniciada por la  productora Pampa Films, que había iniciado acciones por daños y perjuicios por la publicación de su obra Un cuento chino, protagonizada por Ricardo Darín. En su fallo, la Sala V de la Cámara consideró que no hubo delito penal y dejó abierta la posibilidad de de iniciar acciones por daños y perjuicios.

La productora sostuvo que el sitio tuvo publicada la película durante nueve meses, fue vista por 196.966 personas y se benefició económicamente con las publicidades que promociona durante la reproducción del filme. Así, denunció a los administradores de la página de videos, propiedad de Google.

Pero los camaristas Gustavo Bruzzone, Rodolfo Pociello Argerich y Mirta López González confirmaron un fallo de primera instancia que había archivado la denuncia y ahora sobreseyeron por inexistencia de delito a los 10 denunciados, lo que da por cerrada la causa. "La característica esencial es que los contenidos que se suben a YouTube no son conocidos anticipadamente por los que administran el sitio y, de hecho, en la mayoría de los casos provienen de filmaciones de particulares, ediciones privadas, o de medios periodísticos, o de la decisión positiva de difusión gratuita por parte de quienes tienen derechos reconocidos sobre una obra, etc", sostuvo el tribunal, y recordó que el sitio tiene unos 800 millones de usuarios.

En ese sentido, los jueces explicaron que "la responsabilidad del sitio recién se hará presente, ex post, cuando el que invoca el carácter de titular de un derecho lo puso efectivamente en conocimiento", y agregaron que en este caso YouTube retiró la película cuando fue advertida.

Mientras que el tribunal también hizo referencia al rol de los usuarios que publicaron la película y sostuvo que la acusación que les encuadra es la de estafa, un tipo penal que requiere un beneficio económico mediante un engaño que genere un perjuicio a la víctima, lo que no se da en este caso. Los camaristas detallaron que los usuarios no obtuvieron ningún beneficio y la película fue publicada íntegramente con sus créditos y sin ninguna modificación.

"El sitio Web cuya responsabilidad la querella pretende criminalizar, que reproduce videos online, esto es, presta un servicio de intermediación para subir contenidos y su característica esencial para socializar información cultural a nivel mundial, le otorgan una condición destacada", dijeron los magistrados. "Esto pone en evidencia que, si bien nos encontramos frente a una actividad riesgosa, por los beneficios mencionados precedentemente en la difusión y promoción de contenidos culturales, es aceptada como un riesgo permitido", opinaron.

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