Contenidos 19.02.2015 > México

IFT niega haber beneficiado indebidamente a concesionarios de TV abierta en México

Respondió al diario "Reforma", que había asegurado que con la multiprogramación de canales digitales Televisa y Azteca recibieron un regalo adicional a la ventaja de haber obtenido sus concesiones de manera gratuita.

En un editorial titulado "Obtiene duopolio regalazo", el diario Reforma de México, sostuvo que "Televisa y Azteca recibieron un regalo adicional a la ventaja de haber obtenido sus concesiones de manera gratuita: la multiprogramación de canales digitales adicionales sin pago alguno".
 
"Actualmente, cada canal de televisión analógica usa 6 megahertz de espectro para su transmisión, pero la tecnología digital les permite transmitir hasta cinco canales con programación y publicidad diferente. Por ejemplo, Azteca no pagará ninguna contraprestación por canales multiprogramados que transmite actualmente: el 40.4 (AYM Sport), el 7.4 (Azteca Noticias) y el 13.6 (Azteca 13 menos dos horas)", explica el editorial.
 
En el artículo, Reforma cita a analistas que concluyeron que "los concesionarios de las dos nuevas cadenas de TV en licitación entrarán en desventaja".
 
Mony de Swaan, ex presidente de la extinta Cofetel, consideró que, más allá de que no se haya aplicado una contraprestación, a Televisa y Azteca se les debería regular su capacidad de multiprogramar. "Televisa, por ser preponderante, debería tener restricciones para usar la reprogramación para contenidos propios, a menos que la ponga a disposición del mercado. (...) Azteca sólo debería reprogramar un canal y, el resto, también a disposición del mercado", dijo.
 
Miguel Flores, especialista en competencia, señaló que otra vez Televisa y Azteca, que tienen el 95 por ciento del mercado, son las principales beneficiadas porque nunca pagaron por la concesión que poseen, como sí lo harán los nuevos participantes. 
 
"Se puede decir que resultó en un regalo, en un triunfo para los concesionarios de TV abierta comercial, esta ambigüedad de la ley", dijo a Reforma el experto Gabriel Sosa Plata, quien además sostuvo que "IFT perdió la oportunidad de que los concesionarios pagaran por la sobreexplotación del espectro que genera la multiprogramación y que traerá un beneficio económico".
 
Reforma concluye su artículo señalando: "Dice la ley: Artículo 158.El IFT expedirá lineamientos (para el acceso a la multiprogramación) como para el pago de la contraprestación que en su caso corresponda... Y lo que hizo el IFT: No se prevé el pago de una contraprestación para los concesionarios que soliciten acceso a la multiprogramación. (Resolución del 9 de febrero del 2015)".
 
En respuesta, el Instituto Federal de Telecomunicaciones declaró: "Es falso que el IFT otorgue beneficio indebido alguno a los concesionarios de televisión abierta derivado de su Acuerdo en el que establece que no se requerirá el pago de una contraprestación al autorizar el acceso a la multiprogramación, ya que
dicha decisión está apegada a lo dispuesto en el marco legal vigente".
 
El regulador sostuvo también que "la multiprogramación es un mecanismo que permite hacer uso más eficiente del espectro previamente concesionado derivado de la implementación de una tecnología novedosa (televisión digital) ya que permite incluir más de un canal de programación en el mismo canal de transmisión".
 
IFT aseguró que "el cobro desincentivaría el uso más eficiente del espectro radioeléctrico, y equivaldría a cobrar contraprestaciones a prestadores de servicios de telecomunicaciones que implementan tecnologías novedosas para prestar más y mejores servicios con el mismo recurso concesionado".
 
Destacó además que "Todos los concesionarios, tanto de radio como de televisión abierta, que han ejercido esta posibilidad que ofrece la tecnología digital de multiprogramar en sus canales, lo han hecho sin tener que erogar contraprestación alguna, pues el marco legal también así lo permitía. Si ahora el órgano regulador impone el pago de una contraprestación entonces incurriría en trato diferenciado y se podrían generar distorsiones en el mercado".
 
"La decisión del Pleno del IFT atiende los principios de trato no diferenciado, la promoción de mayor oferta de contenidos y pretende evitar distorsiones en el mercado", indicando que "el o los ganadores de las nuevas cadenas de televisión abierta (licitación que está en proceso)
ya tendrán autorizado el acceso a la multiprogramación".
 
"Con los lineamientos emitidos por el Pleno se generan incentivos para que haya más oferta de contenidos (pluralidad y diversidad) en favor de las audiencias. Cada canal multiprogramado estará sujeto a las mismas obligaciones que el canal principal, como los tiempos fiscales que constituyen una contribución cubierta en especie en sustitución del pago de derechos, según señala el artículo 239 de la Ley Federal de Derechos", concluyó el regulador.
 
© Newsline Report 2015
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